
La SUNAT publicó en el diario oficial El Peruano dos normas clave sobre el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE). La Resolución de Superintendencia N.º 000125-2026/SUNAT modifica el cronograma de implementación y posterga del período de junio al de octubre de 2026 la obligación de llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) a través del SIRE. La medida aplica a los principales contribuyentes designados como tales al 31 de diciembre de 2024 cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 superen las 2 300 UIT. También contempla supuestos excepcionales para quienes aún operan con SLE-PLE. En paralelo, la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000041-2026-SUNAT/700000 aplica la facultad discrecional para no sancionar infracciones vinculadas al llevado del RVIE y del RCE en el SIRE (numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario) en los períodos de agosto a diciembre de 2026 y enero de 2027. El plazo para la subsanación voluntaria se prorroga hasta el 28 de febrero de 2027. Puede consultar el texto completo en el portal de Normas Legales de la SUNAT (cpe.sunat.gob.pe) o en El Peruano. En The Factory HKA Perú le orientamos en emisión electrónica, integración ERP y alineación de sus registros para aprovechar estos plazos con menor riesgo operativo.
Referencia rápida de plazos SIRE
| Tema | Detalle | Acción recomendada |
|---|---|---|
| Incorporación PRICOS (> 2 300 UIT 2024) | Obligación SIRE desde el período octubre 2026 (antes: junio 2026). RS N.º 000125-2026/SUNAT | Adecuar sistemas y validar si está comprendido en el supuesto |
| Facultad discrecional (RVIE / RCE) | Subsanación voluntaria sin multas hasta el 28 de febrero de 2027. RSNATI N.º 000041-2026-SUNAT/700000 | Generar o ajustar registros de ago-2026 a ene-2027 a tiempo |
| Emisión + registros | Comprobantes electrónicos consistentes con libros | Portal o API HKA + acompañamiento de soporte |